octubre 7, 2026

Cómo justificar y deducir un gasto siendo autónomo: requisitos, facturas y medios de pago

Actualizado el 7 de octubre de 2026

Un gasto deducible no se decide por lo que compras, sino por cómo lo documentas y cómo lo pagas. Esta guía reúne las reglas que de verdad deciden si Hacienda admite un gasto, con los artículos concretos de donde salen, para que puedas comprobarlas tú mismo.

Los cuatro requisitos que se exigen a la vez

No basta con que el gasto sea real. Para que reduzca tu rendimiento neto en estimación directa deben cumplirse cuatro condiciones de forma simultánea, y la mayoría de los problemas en una comprobación vienen de que falla una sola.

  • Vinculación con la actividad. El gasto debe estar correlacionado con los ingresos. En el IRPF se exige una correlación más estrecha que en el Impuesto sobre Sociedades, precisamente porque el patrimonio personal y el afecto a la actividad se confunden con facilidad.
  • Justificación documental. Factura completa, o factura simplificada que cumpla requisitos adicionales. El ticket corriente no sirve para deducir el IVA.
  • Registro contable. Anotado en los libros registro de la actividad.
  • Imputación al ejercicio correcto. Con las reglas de devengo, y vía amortización cuando se trata de un activo que usarás varios años.

El ticket no vale: factura simplificada y factura simplificada cualificada

El Real Decreto 1619/2012 sustituyó el antiguo tique por la factura simplificada a partir de 2013. Puede emitirse cuando el importe no excede de 400 euros con IVA incluido, y hasta 3.000 euros con IVA incluido en operaciones tasadas: ventas al por menor, transporte de personas y equipajes, hostelería y restauración, salas de baile y discotecas, servicios a domicilio y algunas más.

Aquí está el punto que cuesta dinero a mucha gente. La factura simplificada ordinaria no identifica al destinatario ni desglosa la cuota, y con ella no puedes deducir el IVA soportado. Para eso necesitas lo que se conoce como factura simplificada cualificada, que debe incluir además tres datos: tu NIF, tu domicilio y la cuota repercutida consignada por separado.

La consecuencia práctica es sencilla y poco conocida: cuando pagas algo de la actividad, pedir que te añadan el NIF y el domicilio al ticket no es una manía, es la diferencia entre recuperar el IVA o no. Y si el destinatario es un profesional que necesita la factura para deducir, la regla general del Reglamento es expedir factura completa.

El medio de pago: cuándo deja de ser una preferencia y pasa a ser obligatorio

En la mayoría de los gastos puedes pagar como quieras siempre que lo justifiques. Hay una excepción expresa y es la de manutención: el Reglamento del IRPF exige que se abone por medio electrónico de pago. Una comida de trabajo pagada en efectivo, con su factura perfecta, no es deducible.

A esa condición se suman otras tres que operan a la vez: que el gasto se produzca en un establecimiento de hostelería o restauración, que sea en un municipio distinto al de tu residencia habitual, y que no supere los límites diarios del artículo 9.A.3.a) del Reglamento.

ManutenciónEn EspañaEn el extranjero
Sin pernocta26,67 € al día48,08 € al día
Con pernocta53,34 € al día91,35 € al día

Es la razón de más peso para canalizar el gasto de la actividad por una tarjeta distinta de la personal. No por orden contable, sino porque la norma lo exige y porque la trazabilidad del medio de pago sostiene la correlación con la actividad sin tener que argumentarla gasto a gasto.

El vehículo: el mismo gasto con dos reglas opuestas

Es el punto que más litigios genera. El artículo 95 de la Ley del IVA presume una afectación del 50 % en turismos de uso mixto y permite deducir esa mitad del impuesto sin probar nada. El IRPF, en cambio, exige afectación exclusiva a la actividad.

Resultado: en un turismo que también usas el fin de semana puedes recuperar la mitad del IVA del repostaje y no deducir ni un euro en la base del IRPF. Mismo ticket, mismas facturas, reglas contrarias. Las excepciones son tasadas: transportistas, taxistas, agentes comerciales y algunos supuestos más donde la norma admite la afectación por la naturaleza del vehículo.

Suministros del domicilio: el 30 % y la regla de los metros

Si trabajas desde casa y lo has comunicado en el modelo 036 o 037, puedes deducir la parte proporcional de los gastos de titularidad, como alquiler, IBI o comunidad, según los metros cuadrados afectos a la actividad. Para los suministros (luz, agua, gas, internet) la regla es distinta: se aplica el 30 % sobre esa proporción.

Conviene conocer un matiz que suele pasarse por alto: desde la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central número 6654/2022, de 19 de julio de 2023, se admite esa misma proporción también a efectos de IVA, no solo de IRPF.

Lista de comprobación antes de archivar un gasto

  • ¿Lleva el documento tu NIF y tu domicilio? Sin eso no hay IVA deducible.
  • ¿Está la cuota de IVA desglosada por separado?
  • Si es manutención: ¿pagado con tarjeta, fuera de tu municipio y dentro del límite diario?
  • ¿Puedes explicar en una frase qué ingreso de tu actividad justifica ese gasto?
  • Si es un bien duradero: ¿va como gasto del ejercicio o por amortización?

Esta guía es informativa y no sustituye el criterio de un asesor fiscal. Las normas citadas pueden modificarse: comprueba la redacción vigente antes de aplicar cualquier regla a tu caso.

Normativa y fuentes: Ley 35/2006 del IRPF; Reglamento del IRPF (RD 439/2007), artículos 9 y 22; Ley 37/1992 del IVA, artículo 95; Reglamento de facturación (RD 1619/2012), artículos 4, 6 y 7; manuales prácticos de la Agencia Tributaria sobre facturas simplificadas; resolución del TEAC 6654/2022. Consultadas en octubre de 2026.

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