octubre 21, 2026

La cuota de autónomos en 2026: cuánto pagas, cómo se calcula y por qué es deducible

Actualizado el 21 de octubre de 2026

La cuota de autónomos es uno de los gastos más grandes del año y uno de los pocos que no admite discusión: es deducible. Lo que sí cambia cada año es cuánto pagas, porque desde 2023 depende de tus rendimientos netos reales y no de una base que eliges libremente.

Por qué es deducible

Las cotizaciones del propio titular al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos se consideran un gasto de la actividad, igual que lo sería la Seguridad Social de un trabajador contratado. Se deduce en el cálculo del rendimiento neto, tanto en el modelo 130 trimestral como en la declaración anual, por el importe que hayas pagado en el ejercicio.

No necesitas factura: el justificante es el recibo de la Seguridad Social o el cargo en cuenta. Tampoco lleva IVA, así que no hay nada que deducir por ese lado.

Cuánto se paga en 2026

Desde 2023 la cuota se calcula en función de los rendimientos netos previstos, repartidos en 15 tramos: tres en una tabla reducida y doce en la general. Para 2026 se prorrogaron las tablas de tramos vigentes en 2025, y la orden de cotización de este año (Orden PJC/297/2026, publicada en el BOE el 31 de marzo de 2026) fijó las bases.

La cuota mínima de cada tramo es su base mínima multiplicada por el tipo total de cotización. En el tramo más bajo, para rendimientos de hasta unos 670 euros al mes, la base mínima es de 653,59 euros y la cuota resultante ronda los 206 euros mensuales. En el tramo más alto, por encima de 6.000 euros al mes, la cuota mínima se acerca a los 600 euros.

Cómo se calculan los rendimientos para elegir tramo

No se usa la facturación, sino el rendimiento neto: ingresos menos gastos deducibles. A ese resultado se le suma la propia cuota pagada y se le resta una deducción por gastos genéricos del 7 % en el caso de los autónomos individuales (3 % para los societarios). Es un cálculo distinto del fiscal, así que el tramo de cotización no coincide exactamente con el rendimiento que declaras en el IRPF.

La regularización

Durante el año cotizas según la previsión que comunicaste. Cuando la Agencia Tributaria traslada a la Seguridad Social tus rendimientos reales, se compara lo pagado con lo que correspondía. Si cotizaste de menos, te reclamarán la diferencia; si cotizaste de más, te la devolverán.

A efectos fiscales, la cuota regularizada es deducible en el ejercicio en que la pagas. Puedes cambiar tu base hasta seis veces al año a través del portal Import@ss para ajustar la previsión y evitar sorpresas.

La tarifa plana

Quien se da de alta por primera vez, o tras dos años sin estar en el RETA (tres si ya disfrutó antes de la tarifa plana), paga una cuota reducida de 80 euros al mes durante los primeros 12 meses. Puede prorrogarse otros 12 meses si los rendimientos netos previstos no superan el salario mínimo interprofesional anual. Esos 80 euros también son deducibles.

Errores habituales

  • Confundir tramo y rendimiento fiscal. Por la deducción del 7 % y el tratamiento de la cuota, no son la misma cifra.
  • Olvidar la regularización al deducir. Lo que pagues de más en una regularización es gasto del año en que lo pagas.
  • No actualizar la previsión. Un año mucho mejor o peor de lo previsto acaba en una regularización grande. Revisarla a mitad de año cuesta poco.

Para el resto de gastos de la actividad, las reglas de documentación y pago están en nuestra guía sobre cómo justificar y deducir un gasto.

Contenido informativo, no asesoramiento fiscal ni laboral. Normativa citada: Orden PJC/297/2026 de cotización para 2026 (BOE de 31 de marzo de 2026); sistema de cotización por ingresos reales del RETA; Ley 35/2006 del IRPF. Las cuantías se redondean; comprueba tu tramo exacto en la Seguridad Social. Consultado en octubre de 2026.

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